CARTEL DE CITACIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
El Tigre, dieciocho(18) de Marzo de 2018.
208º Y 160º

ASUNTO: BP12-F-2017-000200

CARTEL DE CITACIÓN

SE HACE SABER

A la ciudadana, LESVIA CAROLINA TOVAR ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.649.105, domiciliada en callejón Falcón, casa nº 3, sector Pueblo Ajuro, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, en su condición de demandada en el procedimiento de DIVORCIO incoado en su contra, por el ciudadano, LEANDRO BALDOMERO INOJOSA, titular de la cedula de identidad Nº V-5.998.466, en su carácter de autos, asistido por el abogado en ejercicio, ROBERTO ACEITUNO PASTRANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Aboga bajo el Nº 270.254, por ante este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas; que por auto de esta misma fecha se acordó la Citación por medio de Carteles, de conformidad con lo establecido en Artículo 233 del Código De Procedimiento Civil, para lo cual deberá comparecer en horario comprendido desde las 8:30am hasta las 3:30pm a darse por citada ante este tribunal ubicado en la avenida Intercomunal, El Tigre-Tigrito, sector La Redoma, Palacio de Justicia, piso 1, El Tigre, Municipio simón Rodríguez, Estado Anzoátegui; en el término de quince (15) días siguientes a la fijación, publicación y consignación que se haga del presente cartel, el cual deberá ser publicado en los diarios “El Tiempo” y “Mundo Oriental”, con intervalo de tres (3) días entre uno y otro, a los fines que manifieste si reconoce el hecho alegado por la ciudadana, LEANDRO BALDOMERO INOJOSA, antes identificado. Asimismo se le apercibe, que de no comparecer en el término señalado, ni por si, ni por medio de apoderado, a darse por citado en el referido procedimiento, a darse por citado en el referido procedimiento, se le tendrá por citado y se ordenara la prosecución del proceso.-

EL JUEZ
ABG. HENRY MANUEL MEJÍAS ITRIAGO

LA SECRETARIA
ABG. ANA VASQUEZ